El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana ,
en cumplimiento a la Ley
139-97 que establece la aplicación de los días feriados, informó sobre las
fechas en que serán celebrados los días feriados durante este 2015.
La
institución establece que el jueves 1 de enero, fecha en que se celebra la
festividad del Año Nuevo, no se cambia, es inamovible; en tanto, el martes
6, fecha en que se conmemora el Día de los Santos Reyes se trabaja y la
festividad se cambia para el lunes 5 del mismo mes.
El miércoles
21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia no se cambia, de igual modo el lunes
26, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, Padre de la Patria y el viernes 27 de
febrero, Día de la
Independencia , son inamovibles.
En relación
al Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de
Jesucristo, no se cambia, por lo que se mantiene el viernes 3 de abril.
En tanto, el
Día del Trabajo, que se celebra cada año el 1ro de mayo con carácter no
laborable se trabaja y se traspasa para el lunes 4 de mayo.
Asimismo el
Ministerio de Trabajo informa que la festividad religiosa Corpus Cristi, que en
el año 2015 se celebra el jueves 4 de junio, no se cambia; además es inamovible
el Día de la Restauración ,
correspondiente al domingo 16 de agosto.
Igualmente la
institución señala que el jueves 24 de septiembre, día que se celebra la
fiesta de Las Mercedes, será celebrado en la misma fecha, por lo que no
se cambia; en tanto el día de la Constitución que se celebra el viernes 6 de
noviembre, será laborable y se cambia para el lunes 9 del mismo mes.
La nota
informativa del Ministerio indica que el viernes 25 de diciembre, día en que se
celebra el Nacimiento de Jesús (Día de Navidad), no se cambia.