Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR)
RESOLUCIÓN No. 04/2011
En virtud de las atribuciones que nos confiere el Reglamento 824, por el cual se rige esta Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, y amparados en la Ley 1951. Vistas las modificaciones del 25 de marzo de 1971, emitidas en el Decreto Presidencial No. 4306 y consignadas en la Gaceta Oficial No. 9220 del 10 de abril de 1971. En cumplimiento de los artículos 4 y 5 de dicho Reglamento, y vistos sus artículos 2, 61, 62, 84, 123 y 125.
CONSIDERANDO: Que entre las funciones de este Organismo Regulador de los medios audiovisuales está evitar que en la radio y la televisión, así como en los espectáculos públicos, se difundan temas musicales que atenten contra la moral y las buenas costumbres de la familia dominicana.
CONSIDERANDO: Que todo tema musical que se difunde a través de la radio y la televisión, y que es interpretado en cualquier espectáculo público, constituye un material de interés público, por lo que debe estar sujeto a las leyes y las normas existentes.
CONSIDERANDO: Que los medios electrónicos, así como todos los demás espectáculos públicos, deben contribuir al fortalecimiento de la familia dominicana, evitando así la difusión de canciones que conlleven influencias perturbadoras para el sano desarrollo de los niños, niñas y adolescentes.
CONSIDERANDO: Que este Organismo Regulador de los medios electrónicos y los espectáculos públicos recibió, en fecha 4 de julio del 2011, una carta de la Fundación Vida Sin Violencia y del Patronato de Ayuda a Casos de Mujeres Maltratadas, en la que solicitan a esta Comisión tomar las medidas correspondientes, acorde con el Reglamento 824, para que sea prohibida la difusión de canciones cuyas letras incitan a la violencia, denigran a la mujer y atentan contra la moral y las buenas costumbres; con mensajes referentes a comportamientos violentos, a sexo y a drogas.
CONSIDERANDO: Que la Fundación Vida Sin Violencia y el Patronato de Ayuda a Casos de Mujeres Maltratadas expuso en dicha carta los títulos de temas musicales (reguetones) que contienen mensajes negativos para los niños, niñas y adolescentes.
CONSIDERANDO: Que, al igual como lo han hecho la Fundación Vida Sin Violencia y el Patronato de Ayuda a Casos de Mujeres Maltratadas, esta Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía siempre ha recibido valiosas sugerencias y peticiones de diferentes instituciones de la sociedad; por lo que hemos dado en todo momento la prioridad y el valor a dichas manifestaciones.
RESUELVE:
UNICO: PROHIBIR, COMO AL EFECTO PROHIBE, A PARTIR DE LA FECHA , EN RADIO Y TELEVISIÓN, ASÍ COMO EN CUALQUIER OTRO ESPECTÁCULO PÚBLICO, LA DIFUSIÓN DE LOS SIGUIENTES TEMAS MUSICALES ((REGUETONES):
1- Me hacen Golo Golo ( Interpretado por Pablo Piddy)
2- Vamo’ a portanos mal ( Interpretado por Residente Calle 13)
3- Toy Killao ( Interpretado por Secreto El Biberón)
4- Cortala ( Interpretado por Pablo Piddy)
5- Si me pega lo cuerno ( Interpretado por Milka la más Dura)
6- Pensamientos Sexuales ( Interpretado por Arcángel Ft. Falsetto & Sammy)
7- Lesbiana ( Interpretado por Jamsha Ft. J King & Maximan)
8- Chuléame ( Interpretado por La Materialista )
9- Ojalai ( Interpretado por Residente Calle 13 y Julio Voltio)
10- Vamos’Animal ( Interpretado por Residente Calle 13)
11- Jaja ( Interpretado por Yaviah)
12- La madre de los enanos ( Interpretado por Residente Calle 13)
13- Se vale To-To ( Interpretado por Residente Calle 13)
14- La Tripleta ( Interpretada por Residente Calle 13)
15- Cabeceo ( Interpretado por Residente Calle 13)
16- Pi-Di-Di-Di ( Interpretado por Residente Calle 13)
17- Deja que la nota se suba ( Interpretado por Ñejo)
18- El Cerdo ( Interpretado por Tego Calderón, Lito y Polaco)
19- Voy hacer lo que yo quiera ( Interpretado por El Poeta Callejero)
20- Vagabunda ( Interpretada por Shelow Shaq)
20- Vagabunda ( Interpretada por Shelow Shaq)
21- Conjuntiviti en fundida ( Interpretado por Shelow Shaq)
22- Desacátate ( Interpretado por Shelow Shaq y KyC Niko)
Por ser atentatorios a la moral y las buenas costumbres de la familia dominicana, por denigrar a la mujer y por incitar a la violencia y al consumo de drogas narcóticas.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Capital de la República Dominicana , a los catorce (14) días del mes de julio del año Dos Mil Once (2011).
J.M. Hidalgo
Presidente
Glennys Thompson Carlos Cepeda Suriel
Vice-presidenta Miembro
Cándido Ventura Elido Reyes
Miembro Miembro
Ana Betty Frías
Secretaria Interina