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viernes, 9 de agosto de 2013

Ramón Chávez

Tribunal falla y rechaza petición de Saymon Díaz

Justin Bieber
Se despejan las dudas y se reafirma el concierto de Bieber en República Dominicana

El Tribunal Superior Administrativo mediante la sentencia No. 092-2013 rechazó en el día de ayer la solicitud de medida cautelar presentada por la empresa Marketing and Management Group, EIRL., representada por el empresario artístico Saymon Díaz.

La sentencia dictada por la Magistrada Jueza Presidente Delfina Amparo de León Salazar, deja sin efecto la solicitud de Díaz de suspender el contrato de arrendamiento del estadio Olímpico Félix Sánchez para el 22 de octubre, fecha prevista para el concierto del artista juvenil canadiense Justin Bieber.

“Luego de estudiar las argumentaciones de las partes y la glosa procesal, la presidencia de este tribunal ha constatado que la parte recurrente, Marketing And Management Group, ERL, no ha cumplido con las condiciones requeridas para la adopción de medida cautelar por todo lo cual procede a rechazar la medida solicitada al efecto por la parte recurrente”, cita el artículo 36 de la referida sentencia.

El fallo certifica que Díaz no pudo demostrar a ese Tribunal que tuviese compromisos contractuales para el alquiler del Estadio Olímpico Félix Sánchez con el Ministerio de Deportes (MIDEREC). El documento expresa que en el expediente presentado por los abogados de Saymon Díaz no hay evidencia alguna de que se oficializara “contrato alguno que creara obligaciones a cargo de ambas partes”.

Este fallo favorece a los organizadores del concierto de Bieber las empresas Evenpro  y el Grupo Acego, quienes fueron representados por los doctores Carlos Solano Juliao y Pedro Feliz.


Emil Ysona, representante de las empresas organizadoras del concierto de Bieber manifestó que este fallo despeja cualquier duda que existiera sobre la realización del concierto.  “Siempre estuvimos confiados de que este sería el fallo de la justicia, pues en todo momento pudimos presentar las pruebas que certificaron el cumplimiento de todos los requerimientos solicitados por el MIDEREC, además de tener un contrato firmado, tal y como establece la ley.

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